
A LOS EMEFECISTAS EN LA ARGENTINA
Queridos hermanos:
Visto que, según parece, no se ha entendido cabalmente la propuesta enviada por la vía habitual en el procedimiento del MFC, relativa a un proyecto de ley impulsado por la Red Federal de Familias y respaldado por la Iglesia (véase por ejemplo AICA, boletín del 24 de marzo de 2011, donde se comentan los apoyos del Arzobispo de Corrientes y del Obispo de Orán, entre otros), recurrimos a esta aclaración y envío personalizado.
El mencionado, se trata de un proyecto de ley centrado en la protección integral de la familia. Adjuntamos el resumen de los principios fundamentales.
Dado que es un proyecto “de iniciativa popular”, se requiere la recolección de miles de firmas, con el fin de que, con su aval, pueda ser presentado en el Congreso Nacional.
Destacamos que la Iglesia pide de los cristianos una mayor participación y presencia en la sociedad actual, en las decisiones políticas, en la gestión de normativas, etc. Ésta es una ocasión para que todos los cristianos y personas que adhieran a estos principios más allá de su fe o de su adhesión eclesial actúen real, comprometida y positivamente en defensa del matrimonio, la familia y la vida. De lo contrario, nos quedamos en declamaciones y quejas.
La planilla de firmas también se adjunta. Es muy sencilla; tiene formato A4, de modo que es fácil de imprimir. Una vez completados todos los ejemplares que puedan reunir (núcleo familiar, vecinos, amigos, colegas del trabajo, asistentes a las misas, padres de la escuela de nuestros hijos, etc.), por favor, envíenlas a la Sede nacional, cuya dirección figura al pie.
Con afecto en el Señor,
Comisión Sede
{Nota CS Nº 83}
Principios básicos de política familiar argentina.
- Reconocimiento de la familia como sociedad natural y primaria, fundada en el matrimonio, entendido éste como unión estable entre un varón y una mujer.
- Reconocimiento de que los padres tienen derechos originarios y primarios en todo lo atinente a la educación de sus hijos.
- Política de igualdad de los miembros de las familias: que sea real y efectiva en el acceso y disfrute de los bienes económicos, sociales y culturales.
- Concepto de ‘familia numerosa’ y ‘familia numerosa especial’ en función del número de sus integrantes, siendo mayores los beneficios otorgados a estas últimas. La autoridad de aplicación para ese reconocimiento será el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. Gratuidad y celeridad de los trámites necesarios para ese reconocimiento. Los derechos y garantías de las familias numerosas comprenden –entre otros– los de prioridad en el empleo público y privado y su conservación, exenciones y beneficios arancelarios en materia de educación, salud, transportes; subsidios especiales para familias con hijos con capacidades especiales, derechos preferentes para la adquisición, construcción o refacción de viviendas, subsidios especiales para evitar el desalojo, etc., determinándose la posibilidad de su acumulación. Posibilidad de que los montos deducibles como cargas de familia sean mayores a las deducciones previstas por la ley de impuesto a las ganancias, si se acredita que los gastos han sido efectivamente realizados por los cónyuges en la manutención de los hijos –menores, a cargo o incapacitados para el trabajo – y superan los señalados en dicha ley, así como la exención de dicho tributo en beneficio de las familias numerosas especiales.
- Protección integral de la mujer embarazada y de los derechos de los niños por nacer.
- Reconocimiento y protección de la dignidad de la mujer.
- Reconocimiento de la maternidad como bien social y personal.
- Atención especial de la mujer en particular en caso de embarazo conflictivo o de riesgo.
- Establecimiento de Centros de Asistencia a la Mujer embarazada.
- Asignaciones especiales para casos de embarazos provenientes de delitos contra la libertad sexual y menores embarazadas en situación de riesgo.
- Reconocimiento del derecho a la vida y de los demás derechos humanos a partir del momento de la concepción.
- Derogación de la ley 26.618, llamada de matrimonio entre personas del mismo sexo.
